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¿Qué hago si fallece un familiar cercano y no dejo testamento ante notario público?

¿Qué hago si fallece un familiar cercano y no dejo testamento ante notario público?. La respuesta para quienes están inmiscuidos en el mundo del derecho es rápida y sencilla, lo que se debe hacer es denunciar el intestado, es decir, iniciar un juicio intestamentario, y esta denuncia se tiene que realizar ante un Juzgado del Ramo Civil y/o Familiar, o en su defecto, cuando no exista conflicto alguno y los herederos son mayores de edad la sucesión intestamentaria puede realizarse ante notario público que tenga su domicilio en el último lugar donde lo tuvo el familiar que falleció. Para lo cual, primeramente tienes que obtener el acta de defunción de la persona fallecida y las actas del registro civil que demuestren el entroncamiento de los denunciantes con la persona fallecida, ya que conforme al Código Civil del Estado de Chiapas, tienen derecho a heredar los descendientes, cónyuge, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado, y en ciertos casos, la concubina
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¿Cómo cobró un pagaré?

Lo primero que debes saber es que el pagaré es un título de crédito por medio del cual un individuo se obliga incondicionalmente a pagar a otra persona, determinada cantidad de dinero, misma cantidad que deberá estar plasmada en dicho documento, en la fecha de vencimiento estipulado en el mismo. A fin de que el pagaré  tenga validez debe de contener los siguientes requisitos: I.- La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento; II.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero; III.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago; IV.- La época y el lugar del pago; V.- La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y VI.- La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre. Es importante que le solicites al deudor copia de su Credencial de elector, CURP y comprobante de domicilio, así como papeles originales de bienes muebles o  inmuebles, que en un posterior juicio en caso de no cumplir con

¿Qué es el Derecho de Petición?

¿Qué es el Derecho de Petición?   El derecho de petición es aquel que tiene toda persona individual o jurídica, grupo, organización o asociación para solicitar o reclamar algo ante las autoridades competentes (normalmente a los gobiernos o entidades públicas) por razones de interés público ya sea individual, general o colectivo. El derecho de petición en México, es una garantía individual consagrada en el artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el cual establece lo siguiente: Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario. De dicho precepto se

Cómo calcular el aguinaldo?

Se acerca el fin del año y la situación económica del país no es de bonanza como lo ven los políticos, por lo cual es necesario cuidar nuestro patrimonio a fin de que no sea afectado por desconocer nuestros derechos, es así que quienes contamos con una fuente de trabajo tenemos el derecho de que antes del 20 de diciembre la parte patronal nos pague el aguinaldo, lo anterior es un derecho establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo el cual dice, que los trabajadores y empleados que laboren en México y perciben un salario, tendrán derecho al aguinaldo anual, el cual deberá pagarse antes del 20 de diciembre con un equivalente a 15 días de salario como mínimo, y que, para aquellos trabajadores que no cuentan con un año de servicios prestados, la ley contempla el pago proporcional calculado en función de los días laborados; pero además señala que: Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquida

Régimen de visitas y convivencias

Régimen de visitas y convivencias. Hoy en día, es común que después de un divorcio o separación, alguno de los padres, se queda con la posesión de los hijos y busca de una u otra manera evitar que él otro los visite o conviva con ellos, muchas ves usándolos como rehenes, a fin de que quien no tenga la posesión de los hijos, realice una determinada conducta o acción, es decir le es condicionado, o simplemente como venganza por haber terminado con la relación. Ahora bien, tal situación se puede resolver, al demandar, el progenitor que no tenga la posesión de los hijos la oportunidad de ver y convivir con ellos, por lo cual el juez establecerá un régimen de visitas que fijará un estado de equidad entre los padres en la mayoría de los casos, fines de semana y  fechas importantes de forma intercalada, con el propósito de que ambos tengan tiempo de calidad con sus hijos . El régimen de visitas y convivencias atiende a la necesidad de los hijos menores de contar con la p
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