¿Qué hago si fallece un familiar cercano y no dejo testamento ante notario público?. La respuesta para quienes están inmiscuidos en el mundo del derecho es rápida y sencilla, lo que se debe hacer es denunciar el intestado, es decir, iniciar un juicio intestamentario, y esta denuncia se tiene que realizar ante un Juzgado del Ramo Civil y/o Familiar, o en su defecto, cuando no exista conflicto alguno y los herederos son mayores de edad la sucesión intestamentaria puede realizarse ante notario público que tenga su domicilio en el último lugar donde lo tuvo el familiar que falleció. Para lo cual, primeramente tienes que obtener el acta de defunción de la persona fallecida y las actas del registro civil que demuestren el entroncamiento de los denunciantes con la persona fallecida, ya que conforme al Código Civil del Estado de Chiapas, tienen derecho a heredar los descendientes, cónyuge, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado, y en ciertos casos, la concubina
Se acerca el fin del año y la situación económica del país no es de bonanza como lo ven los políticos, por lo cual es necesario cuidar nuestro patrimonio a fin de que no sea afectado por desconocer nuestros derechos, es así que quienes contamos con una fuente de trabajo tenemos el derecho de que antes del 20 de diciembre la parte patronal nos pague el aguinaldo, lo anterior es un derecho establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo el cual dice, que los trabajadores y empleados que laboren en México y perciben un salario, tendrán derecho al aguinaldo anual, el cual deberá pagarse antes del 20 de diciembre con un equivalente a 15 días de salario como mínimo, y que, para aquellos trabajadores que no cuentan con un año de servicios prestados, la ley contempla el pago proporcional calculado en función de los días laborados; pero además señala que: Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquida